Suscribirme

Hoy se abre el plazo para solicitar el Kit Digital: qué necesitas

15 marzo, 2022
Miriam Martí

Hoy se abre el plazo para la solicitud del conocido como Kit Digital para pymes. A partir de las 11 de la mañana las empresas podrán realizar sus peticiones. El plazo permanecerá abierto durante seis meses o hasta que se agoten los fondos que se han destinado, que recordemos es de 500 millones de euros en esta primera fase. Por tanto, la celeridad es importante; y es que los requisitos no son demasiados y las solicitudes van por riguroso orden de entrada. ¿Queréis optar a estas ayudas? Los primeros días serán la clave.

¿Cómo solicito la ayuda?

Las bases reguladoras están publicadas en el BOE, concretamente en la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre. Lo primero que se debe hacer es registrarse en el programa Acelera Pyme. Además, también será necesario conocer el nivel de digitalización de la empresa, por lo que será necesario un test de autodiagnóstico digital.

Si todo esto está en regla, a partir del día 15 podremos seleccionar a nuestro agente digitalizador para poder realizar la solicitud correctamente, siempre teniendo en cuenta que está el orden de llegada, aplicándose el régimen de concurrencia no competitiva y, además, una presentación únicamente por medios telemáticos.

¿Cuáles son los requisitos para el Kit Digital?

Si revisamos las bases reguladoras, estos requisitos están ampliamente explicados en el Artículo 8.

Para optar al Kit Digital, la empresa debe ser considerada pequeña empresa o microempresa.

Otro requisito imprescindible es que estemos inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral que deberá reflejar la actividad económica desarrollada a la fecha en la que se realiza la solicitud de la ayuda, así como tener la antigüedad mínima que se establece en la convocatoria.

No podrán solicitar la ayuda las empresas que estén consideradas como empresas en crisis. Además, deberán estar al corriente de todas las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Tampoco podrán solicitar las ayudas aquellas empresas que tengan una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

No deberán tampoco estar incurso en ninguna otra de prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Asimismo, no superarán el límite de ayudas de minimis conforme a lo que se dispone en el artículo 2.4 de la presente orden.

¿Quiénes pueden solicitar el Kit Digital?

Nos encontramos con la primera fase del Kit Digital. En esta en concreto, se dará cobertura a las pymes entre 10 y 49 empleados. La siguiente fase se abrirá para micropymes de entre 3 y 9 empleados y se espera que pueda comenzar a gestionarse antes del verano.

Una vez se termine con las empresas, será el momento de los autónomos. Todo apunta a que las ayudas llegarán previsiblemente en septiembre.

¿Eres autónomo o empresa y quieres conseguir clientes con menos esfuerzo?
Date de alta y consigue clientes
Una cosa antes de hacer tu comentario: no está permitido incluir teléfonos de contacto, e-mails o enlaces a páginas web externas en este apartado, dicho contenido será moderado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Un comentario sobre “Hoy se abre el plazo para solicitar el Kit Digital: qué necesitas”

Recibe noticias en tu email

  • Hidden
    :
Suscribirme a la newsletter
usercalendar-fullcrossmenu