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5 claves de la nueva Ley del teletrabajo

23 septiembre, 2020
redacción

Este martes, tras meses de negociaciones, el acuerdo entre Gobierno y agentes sociales y su aprobación, ya se hizo oficial la nueva Ley del teletrabajo. Ya conocemos todos los detalles, este borrador define una serie de claves que podemos dar por seguras. Aquí analizaremos las últimas novedades sobre esta modalidad de trabajo que ha venido este 2020 para quedarse.

5 claves de la nueva Ley del teletrabajo

¿Qué es el teletrabajo?

La marca de identidad del teletrabajo será la regularidad: se pide que el 30% de la jornada durante tres meses se haga en remoto para ser considerado teletrabajo. Trabajar un día de vez en cuando o media jornada desde casa no deja de ser una facilidad, flexibilidad... ¡Cómo lo quieras llamar! Pero no teletrabajo, con una excepción: menores de edad y en los contratos de prácticas se debe garantizar un mínimo del 50% de trabajo presencial.

¿Quién asume qué gastos?

Otro de los puntos más comentados. La ley establece que es la empresa la que debe encargarse de la dotación y el mantenimiento de los medios y equipos del trabajador: "...Deberá ser sufragado o compensado por la empresa, y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral".

¿Cómo se distribuye la jornada?

La ley garantiza la flexibilidad horaria con puntualizaciones: habrá un periodo de tiempo de disponibilidad obligatoria. Por supuesto, sin dejar de lado la normativa sobre tiempo de trabajo y descanso. Empresario y trabajadores deberán negociar estas franjas, sin dejar de lado que se mantiene el registro obligatorio de la jornada, incluyendo el momento de inicio y final de la actividad.

¿Es voluntario?

. Tanto para la empresa como para el empleado, al igual que la modificación del porcentaje de presencialidad deberá llevarse a cabo de acuerdo al convenio colectivo o de empresa.

¿Qué derechos acogen al trabajador?

Aquel que teletrabaje deberá tener los mismos derechos como si desarrollara su actividad de forma presencial.No debería hacer perjuicios, ni en términos de salario o de permanencia en el puesto de trabajo, y deberán contar con los mismos derechos en temas de conciliación y corresponsabilidad. Por último, se garantiza el derecho a la desconexión digital, también un tema de conversación por la dificultar para separar vida laboral y profesional durante estos meses.

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3 comentarios sobre “5 claves de la nueva Ley del teletrabajo”

  1. me parece que el trabajo presencial,como por internet es lo mismoay que tener dinero para tener una vida digna y eso se consigue con trabajo digno,amen

  2. Jose Guillermo CLADERA VILLARREAL
    por razones del destino ahora vivo y trabajo en Belgique,tenia actividad profesional en ESP.ahora de baja/con titulo ingeniero de obras instal. electricidad soldador calefaccion clima en obras en BCN.¿como puedo en Belgique hacer legalmente traspasar mi oficio ya que me tienen contrato pero en el paro,como limpieza pintura

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