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Todas las obligaciones fiscales que debes cumplir antes de cerrar enero

31 enero, 2022
Miriam Martí
Todas las obligaciones fiscales que debes cumplir antes de cerrar enero

El mes de enero es uno de los meses más laboriosos en cuanto a modelos y obligaciones fiscales para empresas y autónomos. A esto hay que sumar festivos y plantillas con vacaciones. Este año, además, nos encontramos con más bajas laborales por la situación sanitaria. Sin duda enero de 2022 está siendo un poco más cuesta arriba que el de otros años. Te informamos de cuáles son todas las obligaciones que tienes que tener controladas antes de cerrar el mes.

Obligaciones fiscales de las empresas para enero

En enero no sólo se cierra el último trimestre, también se cierra el año. La carga de trabajo es bastante más grande. Debemos tener controlados, por tantos, todos los modelos que hay que presentar, así como las fechas límites para hacerlo.

Declaración trimestral

En la declaración trimestral necesitamos una serie de modelos:

Modelo 111: es la declaración trimestral de las retenciones del IRPF practicadas a trabajadores, profesionales y empresarios. Este modelo tiene que ser presentado tanto por autónomos como por pymes. El límite para presentarlo a la Administración es el 20 de enero.

Modelo 130: es el modelo de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Este modelo se debe presentar en el caso de que se tribute por estimación directa. Su fecha límite es el 31 de enero.

Modelo 131: se trata del modelo de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF si tributamos por estimación objetiva, y como en el caso anterior, tenemos de fecha hasta el 31 de enero para entregarlo.

Modelo 303: es una declaración trimestral de autoliquidación de IVA. Se calcula como la diferencia entre el IVA repercutido de las ventas de un negocio y el IVA soportado por las compras. La fecha tope para entregarlo es el 20 de enero.

Modelo 349: con este modelo se declaran todas las operaciones intracomunitarias de entregas de bienes y prestaciones de servicios que se realizan en el ejercicio fiscal correspondiente. Hay que presentarlo todos los meses. En enero también. Fecha límite el 20 de enero.

Modelo 368: es un modelo especial para las empresas y autónomos que se dedican a la exportación de productos y servicios digitales a países europeos. La fecha límite para presentarlo es el 20 de enero.

Modelo 115: si contamos con alquiler de un inmueble urbano para desarrollar nuestra actividad económica, deberemos entregar este modelo también. Informa sobre la cantidad que hemos dejado de pagar a cuenta del IRPF en caso de autónomos o Sociedades si se trata de una persona jurídica. Fecha límite el 20 de enero.

Declaraciones anuales

Como comentábamos, no sólo es el cierre del trimestre, también del pasado año 2021. Así, también deberán entregarse los siguientes modelos.

Modelo 190: se trata de una declaración anual que corresponde al modelo 111 de retenciones de IRPF.

Modelo 180: se trata de la declaración anual del modelo 115. Es un resumen anual de lo ya presentado. El plazo para presentarlo es hasta el 31 de enero.

Modelo 390: este modelo es un resumen anual que corresponde con el modelo 303. Es un modelo informativo que complementa ese 303. No están obligadas a presentarlo las empresas que están dentro del SII o inscritas en el REDEME.

Modelo 309: un modelo de autoliquidación no periódica de IVA que afecta a quienes no tienen la obligación de presentar los modelos 303 o 390.

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