La Factura Profesional es el documento que debemos emitir por la prestación de nuestros servicios a otros autónomos o empresas. En estas facturas, además de incluir todos los aspectos y conceptos necesarios y obligatorios como en cualquier otra factura ordinaria, también hay que añadir y aplicar el impuesto de IRPF mediante una retención. Te hablamos un poco sobre este impuesto, cómo aplicarlo y cuándo. Recuerda, además, que hay programas de facturación que pueden ayudarte, así como la figura de un asesor, que puede facilitar mucho estos temas.
El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un impuesto que debemos aplicar en nuestras facturas a autónomos y empresas. De nuestra renta debemos pagar impuestos a Hacienda. En este caso, estás pagando este impuesto cada vez que haces una factura. Después, tu cliente es el que va a liquidar ese dinero a Hacienda.
Pagarás el IRPF cada vez que emitas una factura. Así, al final del año, cuando hagas la declaración de la Renta, Hacienda podrá ver tus beneficios netos y lo que ya has liquidado en concepto de IRPF y te devolverá (o no) dinero.
Es importante recalcar que el IRFP hay que aplicarlo en facturas determinadas. Para saber cuándo aplicarlo, debes tener en cuenta dos supuestos: primero, tienes que ser un autónomo profesional que esté sujeto a retenciones del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Por otro lado, también debes saber que sólo tendrás que aplicar este impuesto en tu factura si tu cliente es una empresa u otro autónomo. En personas particulares no será necesario. Así, si emites alguna factura por un trabajo realizado a un cliente final, por ejemplo un cliente al que le hagamos una reforma, sólo deberás aplicar el IVA correspondiente y olvidándote del IRPF.
Lo primero que debemos saber es que el IRPF se aplicará siempre sobre la base imponible de una operación. La base imponible es una parte determinante de toda factura; y es que es la cantidad sobre la que se calculan los impuestos.
Para tributar se retiene dinero de la factura para ingresarlo posteriormente en Hacienda. Así, durante los tres primeros años como autónomo, se te puede aplicar sólo el 7% de IRPF sobre la base imponible de la factura. A partir de los tres años de antigüedad, tendrás que tributar al 15%.
Además, debes saber que retener el IRPF en las facturas tiene una incidencia en la declaración de modelos tributarios. Si en tu caso, has retenido el IRPF en más del 70% de las facturas del trimestre, estarás absento de hacer el modelo 130 al final del mismo, ya que tus clientes lo habrán declarado por ti. Sin embargo, si no has retenido el IRPF como mínimo en ese 70%, tendrás que presentar ese modelo al final del trimestre.
Hola buenas tardes,
tengo una duda con el IRPF, soy autónomo y voy a realizar un trabajo a un Ayuntamiento, el cual recibe 700€ de subvención del estado.
Ahora bien, yo les presento una factura exacta de 700€ o en el importe total debe estar el porcentaje de IRPF descontado?
Este sería el ejemplo:
Importe sin IVA- 679,61€
IVA (10% en mi caso)-67,96 €
IRPF (7%)-47,57€
Total:700€
¿Estaría así correcta la factura?
Muchas gracias de antemano!